Se aprobó el nuevo código de ética

En ACDE seguimos dando pasos firmes para que nuestros valores se vivan en lo concreto. Para eso, el consejo directivo resolvió la aprobación del nuevo Código de Ética, que te invitamos a leer. Una oportunidad para tender puentes, generar impacto y poner nuestros valores en acción.

ÍNDICE

1. Objetivo (3)

2. Principios Fundamentales (3)

3. Normas de Conducta (4)

4. Mecanismos de Supervisión y Cumplimiento (6)

4.1 Seguimiento al Cumplimiento del Código de Ética (6)

4.2 Informes internos (6)

4.3 Confidencialidad de las denuncias y prohibición de represalias (6)

4.4 Compromiso (6)

4.5 Incumplimiento de las disposiciones del Código de Éticas (7)

4.6 Dudas (7)

5. Modificaciones y actualizaciones del Código (7)

  • Objetivo:

El Código de Ética y Conducta (en adelante, el “Código”) busca definir un marco de actuación coherente con los valores y principios de la Asociación Cristina de Dirigentes de Empresa (en adelante “ACDE”) con la finalidad de propiciar comportamientos éticos de la asociación y sus miembros. Se basa en sus valores fundamentales: la dignidad de la persona humana y el bien común de acuerdo al pensamiento social cristiano, los cuales deben regir la actuación de ACDE en su gestión, representación y relaciones con la sociedad.

  • Principios Fundamentales:

ACDE busca que su accionar sea transparente. Para ello, ha definido principios fundamentales que inspiran su actuar. Entre estos principios se consolidan los siguientes pilares éticos que soportan la cultura de ACDE:

  • Dignidad de la Persona Humana: todo ser humano posee un valor intrínseco y debe ser tratado con respeto, justicia y equidad.
  • Bien Común: la labor de la asociación contribuye a mejorar las condiciones sociales que permiten el desarrollo de las personas, fomentando el sentido de responsabilidad social empresarial.
  • Integridad: los socios de ACDE actúan con honestidad y ética en todas sus decisiones, evitando prácticas desleales o contrarias a los valores fundacionales.
  • Responsabilidad: la asociación asumen el impacto de sus decisiones y actuar con diligencia en la administración de sus recursos y actividades.
  • Transparencia: garantizan el flujo, la claridad y la veracidad en la información proporcionada a toda persona.
  • Respeto a la legalidad: la asociación cumple en sus actividades con todas las leyes, regulaciones y normativas y velar por que quienes brinden productos o servicios para ella también lo hagan.
  • Justicia y equidad: promovemos relaciones institucionales basadas en el respeto, la igualdad de oportunidades y la no discriminación, dando a cada uno lo que corresponde y privilegiando a los más desvalidos.
  • Anticorrupción: actuamos con honestidad, objetividad y justicia al momento de tomar decisiones, evitando ofrecer o recibir directa o indirectamente cualquier beneficio de terceros.
  • Normas de Conducta:

Asimismo, ACDE establece las siguientes normas de conducta:

  • Relaciones con los Miembros
    • Garantizar los procesos de adhesión y participación basados en principios de transparencia y equidad.
    • Impulsar el ejercicio de la actividad empresarial según los valores de la asociación.
    • La directiva y el staff han de fomentar y guardar un ambiente de colaboración, respeto y equidad en la asociación.
  • Conflictos de Interés

La asociación define como Conflicto de Intereses toda situación en la que se enfrentan los intereses de aquella con los de un miembro del Consejo Directivo, o cualquier miembro del staff de la asociación, o de algún tercero relacionados con éstos, que pongan en riesgo la objetividad, imparcialidad o independencia en la toma de decisiones o en el ejercicio de sus funciones.

Se entenderá por tercero relacionado, al familiar hasta el tercer grado de consanguinidad o tercero de afinidad, así como cualquier otro tercero que frente al cual exista un riesgo de pérdida de objetividad o independencia.

En línea con lo anterior, la asociación determina los siguientes puntos:

    • Evitar situaciones en las que los intereses personales de los directivos o miembros puedan verse en conflicto con los intereses de la asociación.
    • Los voluntarios no pueden brindar, a beneficiarios de dicho voluntariado, servicios o productos suyos o de terceros con quienes tengan algún tipo de vinculación.
    • El comité ejecutivo velará por que los ofrecimientos de productos o servicios a los socios realizados desde ACDE o su staff sean gratuitos y de calidad. En caso de descuentos le corresponde al comité ejecutivo realizar los convenios correspondientes.
    • Todo asociado debe declarar cualquier posible conflicto de interés y actuar con transparencia en su resolución.
  • Uso de la Información
    • El consejo directivo y el staff son los responsables de proteger la confidencialidad de la información interna de la asociación.
    • Ningún asociado podrá acceder a datos confidenciales que estén en poder de la asociación. Los grupos de trabajo que necesiten datos de los socios solo podrán acceder en forma parcial, con la confidencialidad debida, y no pudiendo ser usados para otra cosa que el objeto del grupo.
    • Ningún socio podrá utilizar información confidencial obtenida en actividades de la asociación para ventajas personales o competitivas sin consentimiento del titular de dicha información
    • Los canales de comunicación de la asociación no podrán ser utilizados por los socios ni el staff para propaganda partidaria ya sea, por ejemplo, política o deportiva, ni para difamar o injuriar a personas o grupos.
  • En las relaciones con otras organizaciones
    • Evitar cualquier tipo de práctica desleal o conflictiva en sus relaciones interinstitucionales.
    • Ofrecer productos o servicios de ONG sin fines de lucro a través de los canales con los socios siempre y cuando cumplan con los principios de este Código.
  • En la gestión de Recursos
    • Administrar los recursos de manera eficiente y ética.
    • Los directivos, integrantes del staff u otros responsables de recursos deben rendir cuentas periódicamente al consejo directivo y socios sobre el ingreso, uso y destino de los fondos y bienes.
    • Tomar los debidos recaudos para evitar cualquier forma de corrupción, malversación o uso indebido de los recursos de la asociación.
    • Al colocar bienes en manos de terceros observar el severo cumplimiento de normas éticas, legales y de cuidado por parte de los mismos.
  • Mecanismos de Supervisión y Cumplimiento

4.1 Seguimiento al Cumplimiento del Código de Ética

Un Comité de Ética electo por una Asamblea General, hace el seguimiento de aplicación de este Código de Ética y Conducta, vela por su cumplimiento y propone las acciones necesarias para la divulgación periódica y fortalecimiento de los más elevados estándares de conducta ética dentro de la Asociación.

Entre sus funciones se encuentran revisar los casos que atenten contra la transparencia en cualquier evento donde se vea afectada la Asociación y analizar las denuncias recibidas y derivarlas a quien corresponda.

En línea con lo anterior, la responsabilidad principal de velar por el cumplimiento del presente Código es del Consejo Directivo de la Asociación, seguido del staff y luego por todos los asociados.

4.2 Informes internos:

Todo integrante de la asociación está obligado moralmente a informar a sus autoridades de cualquier irregularidad. Dicha denuncia deberá registrarse por escrito y comunicada al consejo directivo y al Comité de Ética.

4.3 Confidencialidad de las denuncias y prohibición de represalias:

El Consejo Directivo debe garantizar a todo denunciante de incumplimiento ético o legal la confidencialidad y que no será objeto de ningún tipo de represalias.

4.4 Compromiso:

El Consejo Directivo de ACDE se compromete a adherirse y promover este código de ética en todas sus actividades, asegurando que la labor institucional se base en los valores y principios expuestos, fomentando una cultura de ética, responsable y transparente.

4.5 Incumplimiento de las disposiciones del Código de Éticas

Las personas que atenten contra lo dispuesto en el presente Código de Ética y Conducta podrán ser sujeto de las medidas disciplinarias o acciones correspondientes, sin perjuicio de las acciones legales o judiciales pertinentes.

4.6 Dudas:

Quienes tengan inquietudes, solicitudes o comentarios sobre el contenido o interpretación del presente Comité o que sospeche de posibles violaciones o incumplimientos al mismo, deberá comunicarlo de inmediato por uno de los siguientes canales confidenciales:

  • Línea telefónica
  • Correo electrónico
  • Modificaciones y actualizaciones del Código

La versión vigente del presente Código fue aprobada por el Consejo Directivo el 26 de noviembre de 2026.

Cualquier modificación o adhesión a este Código se debe ejecutar utilizando los mismos métodos que el proceso de aprobación inicial.

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